Patronato
El Patronato es el órgano de gobierno, representación y administración de la Fundación. Ejecutará las funciones que le corresponden con sujeción a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico y en los estatutos vigentes.
El Patronato estará integrado por los siguientes miembros:
- Presidencia: la persona titular de la Secretaría de Estado de Trabajo.
- Vicepresidencia primera: la persona titular de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social en representación de la Administración General del Estado.
- Vicepresidencia segunda: una persona representante de las comunidades autónomas.
- Vicepresidencia tercera: una persona representante de las organizaciones empresariales que integran la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Vicepresidencia cuarta: una persona representante de las organizaciones sindicales que integran la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Vocalías: las personas jurídicas con presencia en la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Las vocalías, en su condición de personas jurídicas, estarán representadas como tales en el Patronato por las personas físicas que a tal efecto designen.
Las personas físicas en representación de los patronos ascenderán a ciento tres. Corresponden cincuenta y dos representantes a la Administración General del Estado, que serán nombrados por la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Los otros cincuenta y un miembros serán designados de la siguiente forma: diecisiete en representación de las comunidades autónomas, diecisiete en representación de las organizaciones sindicales más representativas y diecisiete en representación de las organizaciones empresariales más representativas.
Comisión Delegada
El Patronato contará con una Comisión Delegada, órgano dependiente del Patronato para el desempeño de las competencias y facultades referidas en el artículo 18 de los vigentes Estatutos. La Comisión Delegada estará integrada por un máximo de trece miembros del Patronato: siete miembros corresponderán a la Administración General del Estado, incluida la persona titular de la Presidencia, y dos a cada uno de los tres grupos restantes.
Puedes leer el Reglamento de la Comisión Delegada del Patronato en el siguiente enlace.
Frecuencia de actualización: continua